Condiciones de uso de las parcelas
Lagos S.A comercializa parcelas rústicas independientes, que ya están segregadas e inscritas en el registro de Ávila.
Los Altos del Voltoya, que en origen se denominó El Castillo, tiene en consecuencia todas las parcelas que en la misma se ubican, y pertenece al término municipal de Santa María del Cubillo.
Los propietarios que quieran vallar su parcela o instalar elementos móviles, tienen que pedir permiso a ese ayuntamiento para que tramite la licencia para el vallado y/o la instalación de elementos móviles.
A efectos informativos y sin perjuicio del resto de legislación aplicable, se señala que el uso de una parcela rústica está recogido en el Reglamento de Castilla y León Decreto 22/2004, de 29 de Enero, publicado en el BOCyL de 2 de Marzo de 2004, que literalmente dispone lo siguiente:
Artículo 56 – Derechos ordinarios en suelo rústico. “Los propietarios de suelo rústico tienen derecho a usar, disfrutar y disponer de sus terrenos conforme a su naturaleza rústica, pudiendo destinarlos sin restricciones urbanísticas a cualesquiera usos no constructivos vinculados a la utilización racional de los recursos naturales y que no alteren la naturaleza rústica de los terrenos, tales como explotación agrícola, ganadera, forestal, piscícola y cinegética, o las actividades culturales, científicas, educativas, deportivas, recreativas, turísticas y similares que sean propias del suelo rústico.”